La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la prohibición de elaborar, distribuir y vender comida chatarra en las escuelas mexicanas, una norma que también se extiende a las universidades y demás entidades que conforman el Sistema Educativo Nacional.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte desechó los argumentos de una empresa que impugnó estas restricciones, al sostener que las normas buscan proteger el derecho a la salud y asegurar una alimentación adecuada dentro de los planteles educativos.

Al resolver el amparo en revisión 127/2026, las y los ministros establecieron que las instituciones de educación superior también deben acatar estas directrices, aun cuando sus estudiantes sean mayores de edad.

La sentencia determina que el Estado mexicano tiene la facultad de regular los alimentos y bebidas ofrecidos en los centros escolares, con la finalidad de promover hábitos saludables y contribuir a la lucha contra problemas de salud pública como el sobrepeso y la obesidad.

Asimismo, la resolución rechazó los argumentos relacionados con la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad, al considerar que la regulación se limita a los espacios educativos y persigue un fin de interés público.

No obstante, esta medida no implica que la venta o consumo de estos productos esté prohibida en todo el territorio nacional. Las restricciones aplican únicamente dentro de los planteles escolares, por lo que las empresas pueden continuar comercializando sus productos fuera de estos espacios, conforme a la normativa vigente.

Con esta decisión, la SCJN respalda los lineamientos que pretenden transformar los entornos escolares en ambientes que fomenten una alimentación más saludable, desde la educación básica hasta el nivel universitario.